miércoles, 25 de abril de 2012

INCIDENCIA DE LA REFORMA SOBRE MUNICIPIOS Y COMUNAS

Estas  adecuaciones  tendrán  una  incidencia positiva  en  la recaudación 
de  los  Municipios  y  Comunas. Si  se  analizan  las  ciudades  más 
importantes,  la  implicancia  del  incremento  de  la  recaudación  sobre  los 
presupuestos anuales  supera a lo que representa para la provincia  sobre 
su cálculo de recursos, aprobado para el año 2012.   
De  este  modo, municipios  como  Casilda,  Rafaela  o  Venado  Tuerto  o 
grandes  ciudades  como  Villa  Gobernador  Gálvez,  o  comunas  como 
Villa Minetti y Hughes recibirán, en términos porcentuales entre un 5 a 
un 6 por ciento más de ingresos por sobre su presupuesto anual. Para 
la provincia, el incremento en la recaudación prevista en este proyecto 
no alcanza el 3,59 por ciento sobre sus ingresos presupuestados para 
el año 2012.-  
Estimativamente, este proyecto implicaría para las arcas provinciales entre 800  y  1000  millones  de  pesos  más,  mientras  que  para  los  municipios  y 
comunas, alcanzaría la cifra de 450 millones de pesos, a ser coparticipado 
entre todos los municipios y comunas conforme al índice de coparticipación 
actualmente vigente. 
De  esta  manera  se  cumple  con  unos  de  los  preceptos  básicos  que  la 
oposición solicitaba, que eran más fondos para municipios  y comunas. 

IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO



El eje que da cuenta de la progresividad del proyecto, es el incremento de 
los  impuestos  sobre  el  patrimonio  por  sobre  los  impuestos  al  consumo. 
Éstos últimos son característicos de un régimen regresivo, ya que hoy el 70 
% de los recursos propios de la provincia lo generan el Impuesto sobre los 
Ingresos  Brutos  (impuesto  regresivo)  y  solo  el  7  %  los  impuestos  al 
patrimonio (impuesto progresivo). 
En  cuanto  a  la  determinación  de  los  impuestos  al  patrimonio,  en  este 
proyecto tiene su mayor sustento en la adecuación de los valores fiscales 
de  las  tierras.  Los  que  rigen  actualmente  datan  del  año  1974.  La 
actualización de este valor (tan importante para el Impuesto a los Sellos y 
para el cálculo del ABL o TGI de municipios y comunas), está vinculada al 
valor de mercado de los inmuebles.   
En este aspecto, se intenta recuperar la enorme brecha existente entre el 
valor real de los campos y su valor fiscal. Por ejemplo en el departamento 
San Lorenzo la brecha es de 40 veces en lo que hace a tierras productivas, 
y  en  las  propiedades  urbanas  la  diferencia  promedio  es  de  10  veces 
respecto de su valor fiscal.  

Inmobiliario Urbano


En  cuanto  al  impuesto  inmobiliario  urbano,  se  destaca  la  progresividad  y 
proporcionalidad  en  la  aplicación  de  los  incrementos,  respondiendo  a  un 
verdadero  criterio  de  equidad  y  justicia  contributiva.  El  47  %  de  los 
inmuebles, sólo verán incrementado el impuesto en 20 pesos anuales.
Para las partidas que pagan el mínimo, que son el 47 % de las viviendas 
radicadas en la Provincia de Santa Fe que hoy pagan 48 pesos por año (4 
pesos  por mes), pasaran  a pagar 68 pesos por año (aproximadamente  6 
pesos por mes).  
Y del resto de las partidas, el 33 % de las viviendas pagará entre el 60 y el 
85 % más.  
Por ejemplo:  
- una propiedad en un barrio residencial de Rosario, cuyo valor de mercado 
es de 500 mil pesos, de pagar $ 1084 anuales (90 pesos por mes), pasaría 
a pagar $1902 pesos (158,50 por mes, menos que un abono del cable) lo 
cual suma un 75,45 % de incremento. 
-  una  propiedad  en  un  barrio  residencial  de  Santa  Fe,  cuyo  valor  de 
mercado  es  de  700 mil  pesos,  de  pagar  $  1402  anuales (116  pesos  por 
mes), pasaría a pagar $2829 pesos (235 por mes) que suma un 101 % de 
incremento. 
Siempre según ejemplos concretos, una casa en el centro de Rafaela, cuyo 
valor  de  mercado  es  de  400  mil  pesos,  de  pagar  $  526,20  anuales  (44 
pesos  por mes),  pasaría  a  pagar  $914  pesos (76  por mes),  un  74 %  de 
incremento. 
En cuanto al 10 % restante, que son propiedades cuyo valor de mercado 
supera los 2 millones de pesos, pagarán hasta un 120 % de incremento. 
Así,  las  propiedades  en  las  zonas  de  barrios  exclusivos  de  Santa  Fe  y 
Rosario, cuyo valor supera el 1,5 millón de pesos, de pagar $5290 anuales 
(440 pesos por mes), pasarían a pagar $11640 pesos (970 por mes, lo cual 
hace un 120 % de incremento. 

Inmobiliario Rural


En el caso de las propiedades con una extensión que no supere las 50 
hectáreas, el incremento en el impuesto inmobiliario rural no superará 
el  50  %. Por  ejemplo,  un  campo  de  33  hectáreas  en  Bouquet 
(departamento Belgrano), actualmente paga $828 anuales, y con la reforma pagaría $1242 anuales. Un campo de 30,3 hectáreas en Alvear, hoy paga 
$1536 y pasaría a pagar $2304.  
Entre  51  y  600  hectáreas,  el  incremento  sería  entre  el  100  y  el  300  %, 
dependiendo  de  la  ubicación  del  inmueble  y  del  valor  de  la  tierra  (por 
ejemplo, es diferente un campo en Alcorta o en Fúnes que en Pozo borrado 
o en San Cristóbal)  
Entre las 600 y las 37500 hectáreas, los incrementos van del 450 % al 600 
%  dependiendo  del  valor  y  la  ubicación  geográfica  de  la  tierra.  De  esta 
forma,  se  grava  a  las  grandes  extensiones  de  tierra  y  se  proteje  al 
pequeño y mediano productor.

Gravamen a la construcción


En el caso de las empresas dedicadas a la construcción de inmuebles, se 
diferenciaría la alícuota según la radicación de las empresas. En el caso de 
las empresas radicadas en la provincia de Santa Fe, se aplicará un 2,5 %. 
En  el  caso  de  las  empresas radicadas  fuera  de  la  provincia,  el  impuesto 
será de un 3,5 %. Esto alcanzaría a las que facturen más de 1,5 millones 
de pesos, unas 300 empresas en total. 
Siempre  según  el  mismo  proyecto,  las  empresas  constructoras  que 
facturen  menos  de  1,5  millones  -alrededor  de  7000  pequeños  y 
medianos empresarios de la construcción que existen en la Provincia 
de Santa Fe-, no pagaran Ingresos Brutos.